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  • Colaborar periódicamente con un donativo económico
  • Recibir las comunicaciones de la FESOCE relativas a las personas sordociegas

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Las donaciones de hasta 150 € tienen una deducción del 80% en la declaración del IRPF.

Deducción Personas Físicas (IRPF) 2020*

Primeros 150 €80%
Resto35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante como mínimo 3 años) > 150€40%
Límite deducción base liquidable10%

*El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 que incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG vigentes desde 2014.

Deducción Personas Jurídicas (IS). 2016 y posteriores

Donaciones en general35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante como mínimo 3 años)*40%
Límite deducción base liquidable10%

*Por importe igual o superior, en cada uno, al ejercicio anterior

Saber más: Información de interés sobre donativos y deducciones fiscales